TEMAS:
-Introducción sobre el sistema de formación SENA.
-Todo acerca del SENA(misión, visión, símbolos,himno).
-Desarrollo de operaciones en logística.
-Cadena de abastecimiento.
-Logística.
-Definicion de S.C.M.
-Creación de cuenta en correo misena.edu.co.
-Exploración en sena sofia plus.
-Exploración en la plataforma black board.
-Componentes de la cadena de abastecimiento.
-Componentes de logística.
martes, 23 de febrero de 2010
jueves, 18 de febrero de 2010
DOLCA: INICIO PROCESO DE INDUCCION
El proceso de induccion de DOLCA dio inicio el dia 3 de febrero en ITC CERROS DE SUBA y hemos tratado diferentes temas introductorios que se relacionaran en las futuras entradas de este blog por mi. Esta actividad tiene un plazo definido (lunes 22 de febrero),en el cual actualizare esta informacion para mis lectores.
Me comprometo a mantener a mis lectores actualizados publicando como minimo una entrada a la semana.
Asi mismo a disponer de informacion credada por mi y en caso que se requira de tipo bibliografico. NO COPIARÉ informacion de otros autores sin relacionar la fuente.
Exitos ATT: Nicolas Gil F.
Me comprometo a mantener a mis lectores actualizados publicando como minimo una entrada a la semana.
Asi mismo a disponer de informacion credada por mi y en caso que se requira de tipo bibliografico. NO COPIARÉ informacion de otros autores sin relacionar la fuente.
Exitos ATT: Nicolas Gil F.
miércoles, 11 de noviembre de 2009
relacion peso empuje
Relación empuje a peso
La relación empuje a peso (donde peso se refiere al peso en la superficie de la tierra) es un parámetro adimensional característico de los motores de cohete, los motores a reacción, y los vehículos propulsados por este tipo de motores (típicamente vehículos espaciales y aviones a reacción). Se usa como figura de mérito para comparaciones cuantitativas de diseño de vehículos y motores.
Relación empuje a peso
La relación empuje a peso (donde peso se refiere al peso en la superficie de la tierra) es un parámetro adimensional característico de los motores de cohete, los motores a reacción, y los vehículos propulsados por este tipo de motores (típicamente vehículos espaciales y aviones a reacción). Se usa como figura de mérito para comparaciones cuantitativas de diseño de vehículos y motores.
volumen de mercadeo
El volumen de mercado del comercio al por menor de pescado en el mercado ruso ronda los 500.000 millones de rublos (unos 11.300 millones de euros), según los últimos datos del Servicio Federal de Estadísticas (FTS). Por su parte, el volumen de mercado que comprende la captura y producción de pescado es cuatro veces menor, rondando los 120.000 millones de rublos (cerca de 2.500 millones de euros).
Este diferencial es motivo de preocupación tanto para los representantes del sector como para el Gobierno de la Federación Rusa. El pasado 7 de abril, el presidente del Consejo de la Federación planteó varias cuestiones relativas a la adopción de una política encaminada a establecer una serie de mecanismos destinados a la protección de los productores rusos, así como los aspectos sociales y ambientales relacionados con la producción y el mercado nacional de productos alimentarios.
En agosto se 2008 se adoptó un reglamento para desarrollar un ‘Programa federal de mejora de la eficiencia en la utilización y el desarrollo del potencial de recursos pesqueros para el período 2009-2013’, iniciativa que planteaba, entre otras medidas, el objetivo de reducir el diferencial existente entre las rentabilidades de la producción de la industria pesquera y la de los mercados mayorista y minorista.
El volumen de mercado del comercio al por menor de pescado en el mercado ruso ronda los 500.000 millones de rublos (unos 11.300 millones de euros), según los últimos datos del Servicio Federal de Estadísticas (FTS). Por su parte, el volumen de mercado que comprende la captura y producción de pescado es cuatro veces menor, rondando los 120.000 millones de rublos (cerca de 2.500 millones de euros).
Este diferencial es motivo de preocupación tanto para los representantes del sector como para el Gobierno de la Federación Rusa. El pasado 7 de abril, el presidente del Consejo de la Federación planteó varias cuestiones relativas a la adopción de una política encaminada a establecer una serie de mecanismos destinados a la protección de los productores rusos, así como los aspectos sociales y ambientales relacionados con la producción y el mercado nacional de productos alimentarios.
En agosto se 2008 se adoptó un reglamento para desarrollar un ‘Programa federal de mejora de la eficiencia en la utilización y el desarrollo del potencial de recursos pesqueros para el período 2009-2013’, iniciativa que planteaba, entre otras medidas, el objetivo de reducir el diferencial existente entre las rentabilidades de la producción de la industria pesquera y la de los mercados mayorista y minorista.
Los inversionistas requieren de información oportuna, confiable y suficiente para tomar decisiones de inversión informadas y estar en condiciones de reaccionar adecuadamente a los eventos que se presentan en un entorno cambiante. En este sentido, los requisitos de revelación de información financiera y no financiera repercuten favorablemente en la transparencia del mercado y la confianza de sus participantes, incrementándose la liquidez, el volumen del mercado y la eficiencia de las operaciones bursátiles, así como el atractivo del mercado de valores como alternativa de financiamiento para empresas, para lo cual la Circular de Emisoras establece los requisitos necesarios para el sano desarrollo del mercado de valores.
Adicionalmente a lo anterior, las Emisoras deberán cubrir derechos por concepto de estudio y trámite y autorización de inscripción en en Registro Nacional de Valores (RNV), los cuales serán determinados de conformidad con la Ley Federal de Derechos.
Adicionalmente a lo anterior, las Emisoras deberán cubrir derechos por concepto de estudio y trámite y autorización de inscripción en en Registro Nacional de Valores (RNV), los cuales serán determinados de conformidad con la Ley Federal de Derechos.
Las modalidades bajo las cuales se pueden inscribir valores en el Registro Nacional de Valores (RNV) son las siguientes:
Se puede solicitar la inscripción de forma definitiva, esto aplica cuando sólo se pretende llevar una única emisión y se tiene previsto hacerlo en un plazo corto de tiempo.
Se puede solicitar de forma preventiva que aplica para los siguientes casos:
En el caso de acciones, existe la modalidad de listado previo, cuando la emisora no ha definido la fecha para realizar la oferta pública y colocación de las acciones, teniendo como plazo máximo improrrogable de 2 años contados a partir de su inscripción.
En el caso de deuda, existe la modalidad de programa, que le permite a la emisora realizar múltiples emisiones durante un lapso de tiempo determinado, para lo cual, deberán cumplir con la presentación de un documento llamado suplemento informativo para cada emisión que realicen y en el que se incluyan las características de la emisión y eventos recientes desde la última actualización del prospecto de colocación.
A partir de la obtención de las inscripciones preventivas las emisoras se encuentran obligadas a reportar al mercado su información financiera en los mismos términos que lo hace cualquier emisora de valores que haya efectuado ofertas públicas en el mercado.
El Gobierno Federal o los valores garantizados por éste, los valores bancarios de corto plazo, los emitidos por el IPAB o el Banco de México y los emitidos por los órganos financieros multilaterales de los que México forme parte, así como las acciones de sociedades de inversión se inscribirán de forma preventiva, por tipo de valor, bajo la modalidad de genérica pudiendo emitir valores de la misma clase de forma ilimitada y durante un lapso de tiempo indefinido.
La sociedad que desee realizar una oferta pública inicial, deberá inscribir los valores materia de dicha oferta en el Registro Nacional de Valores (RNV).
La ley del Mercado de Valores conjuntamente con la Circular de Emisoras, establecen los requisitos que las sociedades deben cumplir, para la obtención de la inscripción en el Registro Nacional de Valores (RNV), y en su caso autorización para llevar a cabo la oferta pública de los valores que pretenden emitir.
Se puede solicitar la inscripción de forma definitiva, esto aplica cuando sólo se pretende llevar una única emisión y se tiene previsto hacerlo en un plazo corto de tiempo.
Se puede solicitar de forma preventiva que aplica para los siguientes casos:
En el caso de acciones, existe la modalidad de listado previo, cuando la emisora no ha definido la fecha para realizar la oferta pública y colocación de las acciones, teniendo como plazo máximo improrrogable de 2 años contados a partir de su inscripción.
En el caso de deuda, existe la modalidad de programa, que le permite a la emisora realizar múltiples emisiones durante un lapso de tiempo determinado, para lo cual, deberán cumplir con la presentación de un documento llamado suplemento informativo para cada emisión que realicen y en el que se incluyan las características de la emisión y eventos recientes desde la última actualización del prospecto de colocación.
A partir de la obtención de las inscripciones preventivas las emisoras se encuentran obligadas a reportar al mercado su información financiera en los mismos términos que lo hace cualquier emisora de valores que haya efectuado ofertas públicas en el mercado.
El Gobierno Federal o los valores garantizados por éste, los valores bancarios de corto plazo, los emitidos por el IPAB o el Banco de México y los emitidos por los órganos financieros multilaterales de los que México forme parte, así como las acciones de sociedades de inversión se inscribirán de forma preventiva, por tipo de valor, bajo la modalidad de genérica pudiendo emitir valores de la misma clase de forma ilimitada y durante un lapso de tiempo indefinido.
La sociedad que desee realizar una oferta pública inicial, deberá inscribir los valores materia de dicha oferta en el Registro Nacional de Valores (RNV).
La ley del Mercado de Valores conjuntamente con la Circular de Emisoras, establecen los requisitos que las sociedades deben cumplir, para la obtención de la inscripción en el Registro Nacional de Valores (RNV), y en su caso autorización para llevar a cabo la oferta pública de los valores que pretenden emitir.
re qusitos de volumen de mercadeo
Requisitos de Inscripción en el RNV.
El Registro Nacional de Valores (RNV) es público y está a cargo de la CNBV; en él se inscriben los valores objeto de oferta pública e intermediación en el mercado de valores. Asimismo, contiene información estadística relativa a la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México o por personas morales mexicanas, directamente o a través de fideicomisos o figuras similares o equivalentes.
El 19 de marzo de 2003, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores (Circular de Emisoras), mismas que fueron modificadas el 22 de septiembre de 2006, y que contiene los requisitos de inscripción y mantenimiento de los valores, así como para su oferta pública.
Dentro de la Vicepresidencia de Supervisión Bursátil de la CNBV se encuentra la Dirección General de Emisoras. Esta Dirección junto con la Dirección General de Autorizaciones se encarga de realizar el estudio correspondiente para la autorización de la inscripción de valores en el Registro Nacional de Valores (RNV), así como la aprobación de la correspondiente oferta pública de los mismos.
Requisitos de Inscripción en el RNV.
El Registro Nacional de Valores (RNV) es público y está a cargo de la CNBV; en él se inscriben los valores objeto de oferta pública e intermediación en el mercado de valores. Asimismo, contiene información estadística relativa a la oferta pública en el extranjero de valores emitidos en México o por personas morales mexicanas, directamente o a través de fideicomisos o figuras similares o equivalentes.
El 19 de marzo de 2003, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores (Circular de Emisoras), mismas que fueron modificadas el 22 de septiembre de 2006, y que contiene los requisitos de inscripción y mantenimiento de los valores, así como para su oferta pública.
Dentro de la Vicepresidencia de Supervisión Bursátil de la CNBV se encuentra la Dirección General de Emisoras. Esta Dirección junto con la Dirección General de Autorizaciones se encarga de realizar el estudio correspondiente para la autorización de la inscripción de valores en el Registro Nacional de Valores (RNV), así como la aprobación de la correspondiente oferta pública de los mismos.
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